Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital
Renta garantizada de 802 €/mes (9.624 €/año) para una persona sola en 2026, con incrementos por miembros. Los titulares del IMV pueden recibir un complemento de 68,40 €/mes y un complemento de vivienda de 40,10 €/mes (persona sola).
Sustituye al antiguo Ingreso Aragonés de Inserción: complementa el IMV o cubre a colectivos que no lo reciben (jóvenes de 18-30 independizados, extutelados, víctimas de violencia, familias con menores, etc.).
Deducción IRPF por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos (Aragón)
500 € por hijo (600 € si la base imponible menos mínimos no supera 21.000 € individual / 35.000 € conjunta). En núcleos rurales despoblados: 600 € / 720 €.
Deducción autonómica en la Renta del año en que nace o se adopta el tercer hijo o siguientes.
Ayuda al alquiler para jóvenes de hasta 35 años con ingresos de hasta 3 veces el IPREM, para viviendas de hasta 600 €/mes o habitaciones de hasta 300 €/mes.
Ayudas del Gobierno de Aragón (Plan Estatal de Vivienda) para pagar el alquiler de la vivienda habitual, con renta de hasta 600 €/mes (900 € para familias numerosas o personas con discapacidad).
860 € por curso (86 €/mes); 720 € en centros sin comedor; 180 € para julio y agosto
Beca de comedor para alumnado de Infantil, Primaria y Educación Especial en centros sostenidos con fondos públicos de Aragón, con familias de rentas bajas.
160 € (Primaria y Educación Especial); 230 € (ESO y FP Básica)
Ayuda para libros y material curricular para alumnado de etapas obligatorias en centros sostenidos con fondos públicos, para familias con renta de hasta 14.400 €.
Programa Auto+: ayuda a la compra de vehículo eléctrico o electrificado (particulares)
Hasta 4.500 € turismo (M1), 5.000 € furgoneta (N1), 1.100 € moto (L3e-L5e), 1.500 € cuadriciclo (L6e-L7e); el importe final es un % del máximo según electrificación (BEV 50 %, PHEV/EREV 25 %), precio y fabricación europea
Sustituto estatal del MOVES III. Ayuda directa a personas físicas sin actividad económica que compren un vehículo con etiqueta CERO (eléctrico puro, de autonomía extendida o híbrido enchufable), nuevo o de concesionario con hasta 12 meses. No incluye puntos de recarga ni exige achatarramiento.
Aval ICO para la hipoteca de la primera vivienda (jóvenes y familias con menores)
Aval público de hasta el 20 % del préstamo (25 % si la vivienda tiene certificado energético D o mejor), durante los 10 primeros años
El Estado avala parte de la hipoteca para que jóvenes de hasta 35 años y familias con hijos menores puedan financiar casi el 100 % de su primera vivienda habitual. No es una subvención: el banco estudia la solvencia y fija las condiciones.
Deducción estatal del 10 % por alquiler de vivienda habitual
10 % del alquiler, hasta unos 1.163 €/año
Nueva deducción en el IRPF para inquilinos con base imponible inferior a 33.007,20 €. En vigor desde el 8/10/2026, pendiente de convalidación en el Congreso.
Deducción estatal temporal por obras que reducen la demanda de calefacción y refrigeración o el consumo de energía primaria no renovable de la vivienda habitual o de una vivienda alquilada (o para alquilar), o del edificio residencial donde está.
Deducción por compra de vehículo eléctrico y punto de recarga
15 % del precio del vehículo (base máx. 20.000 €, hasta 3.000 €) y 15 % del punto de recarga (base máx. 4.000 €, hasta 600 €)
Deducción estatal temporal por comprar un coche, cuadriciclo o moto eléctricos nuevos (o de pila de combustible) y por instalar un punto de recarga en un inmueble propio, sin uso en actividad económica.
Deducción por donativos a ONG y fundaciones (Ley 49/2002)
80 % de los primeros 250 € donados y 40 % del resto (45 % si se dona a la misma entidad de forma recurrente); +5 puntos en actividades prioritarias de mecenazgo
Las donaciones a fundaciones, asociaciones de utilidad pública y demás entidades de la Ley 49/2002 dan derecho a deducir un porcentaje de lo donado en la cuota del IRPF.
Deducción por compra de vivienda habitual (régimen transitorio, compras antes de 2013)
15 % (7,5 % estatal + 7,5 % autonómico salvo que la comunidad fije otro) de hasta 9.040 €/año: máx. 1.356 €
Quien compró su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y ya se aplicaba la deducción puede seguir deduciendo lo que paga de hipoteca (amortización, intereses y gastos).
Deducción por descendiente con discapacidad a cargo
Hasta 1.200 €/año por cada descendiente con discapacidad (100 €/mes), cobrable por anticipado
Deducción estatal 'negativa' (se cobra aunque no se pague IRPF) para quien trabaja, cobra paro o pensión y tiene un hijo u otro descendiente con discapacidad de al menos el 33 %.
Erasmus+ estudios: ayuda mensual y complemento para estudiantes con menos oportunidades
250–350 €/mes según país de destino + 250 €/mes adicionales para estudiantes con menos oportunidades
Ayuda para estancias Erasmus+ de estudios (2 a 12 meses). Becarios de la beca general, familias numerosas o monoparentales, personas con discapacidad y refugiados cobran 250 €/mes más.
Becas de colaboración en departamentos universitarios
2.000 € por curso
2.111 becas para que estudiantes de último curso de grado o primer curso de máster colaboren en un departamento universitario con un proyecto de investigación.
Ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (NEAE)
Por conceptos: enseñanza hasta 862 €, transporte hasta 617 €, comedor hasta 574 €, residencia hasta 1.795 €, reeducación pedagógica o del lenguaje hasta 913 € cada una, material 105–204 €, subsidio fijo 400 €
Ayudas para alumnado con discapacidad, trastorno grave de conducta o de la comunicación, TEA o altas capacidades, desde Infantil hasta FP y Bachillerato.