Préstamos desde 1.000 € figurarán en la Central de Riesgos en 2027
Lo esencial
Desde el 2 de enero de 2027, los bancos y entidades financieras tendrán que declarar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España los préstamos y deudas pequeños a partir de 1.000 €, en vez de 3.000 €. Los prestamistas verán esa información al estudiar si te dan un crédito.
- A quién afecta
- Personas con préstamos al consumo, tarjetas de crédito o descubiertos de poco importe.
- Cuándo
- Se aplicará desde el 2 de enero de 2027. Publicado en el BOE el 30 de octubre de 2026.
Qué cambia
- El límite para quedar fuera baja de 3.000 € a 1.000 € Desde el 2 de enero de 2027, solo quedan sin declarar los préstamos al consumo de menos de 1.000 € y hasta 24 meses, las tarjetas de crédito y los descubiertos, si en total debes menos de 1.000 € a esa entidad y no tienes otras operaciones declarables. Hasta el 1 de enero de 2027 el límite sigue en 3.000 €.
- Con impagos de 100 € o más, se declara aunque sea poco Aunque la deuda sea pequeña, se declara si tienes importes calificados como dudosos o en vigilancia especial de 100 € o más.
- Los prestamistas ven tus riesgos desde 1.000 € Cada mes, la Central informa a las entidades y a los intermediarios de crédito inmobiliario de los riesgos acumulados de sus clientes de 1.000 € o más, para evaluar la solvencia.
- Puedes pedir tu informe Quien figure en la Central puede acceder a sus datos: recibe un informe resumido y otro operación por operación. Las personas físicas pueden pedir también a quién se han comunicado sus datos en los últimos 6 meses.
- Si hay un error, puedes pedir que lo corrijan Si un dato es inexacto o incompleto, puedes pedir su rectificación o supresión a la entidad o reclamar ante el Banco de España, por su sede electrónica, en persona en cualquier sucursal o por escrito.
- Anticipos de nómina o pensión: solo si son préstamos Los anticipos de pensiones o nóminas por cuenta de las Administraciones públicas se declaran solo cuando son préstamos.
Ten en cuenta
El cambio viene de una orden de mayo de 2026
La rebaja a 1.000 € la recuperó la Orden ECM/531/2026, después de que el Tribunal Supremo anulara por defectos de forma la orden de 2020 que la preveía. Esta circular la incorpora y da de plazo a las entidades hasta el 2 de enero de 2027.
Fuente oficial
Circular 1/2026, de 21 de octubre, del Banco de España, sobre la Central de Información de Riesgos
Revisado el 7 de noviembre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.
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