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Ayudas a la accesibilidad en viviendas (Castilla-La Mancha)

Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha – Consejería de Fomento · Castilla-La Mancha

Subvención para obras de accesibilidad (ascensores, salvaescaleras, rampas, baños, domótica…) en la vivienda habitual o en el edificio.

Requisitos principales

  • Propietarios, usufructuarios o inquilinos (también comunidades de propietarios)
  • Vivienda en Castilla-La Mancha, domicilio habitual y permanente
  • Edificio terminado antes de 2006, salvo que resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años
  • Obras iniciadas entre el 1-7-2024 y el 31-12-2025
  • Informe técnico y proyecto o memoria de las obras

Plazo

Plazo abierto hasta el 30 de noviembre de 2026.

Cómo solicitarla

Se pide por internet en la sede electrónica de la Junta de Comunidades (trámite 1023497) con el Anexo I. La web de vivienda dice que, sin certificado digital, se puede entregar el modelo oficial en papel en un registro. Ir al trámite →

Documentos necesarios7 documentos

Marca los que ya tienes.

Avisos importantesidentificación digital

Formas de presentarla

Ten en cuenta

  • Se concede por orden de llegada (fecha, hora y número de registro).
  • Para cobrar hay que justificar con facturas, pagos y, en general, tres presupuestos pedidos antes de contratar.
  • La vivienda, salvo con persona con discapacidad o mayor de 65 años, debe haberse terminado antes de 2006.
Pasos5 pasos
  1. Comprobar los requisitos: vivir en la vivienda de forma habitual y que esté en Castilla-La Mancha
  2. Preparar el proyecto o memoria de la obra y los demás documentos
  3. Presentar el Anexo I en la sede electrónica (certificado digital o Cl@ve firma) entre el 1/10/2026 y el 30/11/2026
  4. Consultar el expediente en la sede electrónica
  5. Si te la conceden, pedir el pago con el Anexo II en los 3 meses siguientes a terminar la obra o a la notificación de la concesión, con facturas y justificantes
Plazo de resolución3 meses

3 meses desde la presentación de la solicitud

Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.

Cobro

Después de hacer la obra: se pide el pago con el Anexo II y los justificantes en los 3 meses siguientes a terminarla o a la notificación de la concesión.

Fuentes oficiales: vivienda.castillalamancha.es, jccm.es · revisado el 18/10/2026

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