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Se bloquean los SMS con nombre de remitente no registrado

En vigor desde el 15 de septiembre de 2026 · Publicado en el BOE el 5 de junio de 2026

Desde el 15 de septiembre de 2026 las operadoras deben bloquear los SMS que muestran como remitente un nombre (por ejemplo, el de un banco) que no esté inscrito en el registro de la CNMC. Es una medida contra las estafas por suplantación.

A quién afecta

Cualquier persona con móvil en España, y las empresas y administraciones que envían SMS con su nombre.

Qué cambia

Ten en cuenta

Fuente oficial

Orden TDF/558/2026, de 4 de junio, por la que se modifica la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, por la que se establecen medidas para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos

Revisado el 19 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.

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