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Pensión de alimentos impagada: el Estado adelanta hasta 300 € al mes

En vigor desde el 21 de octubre de 2026 · Publicado en el BOE el 21 de octubre de 2026

Pendiente de convalidación. Es un real decreto-ley: el Congreso debe convalidarlo en los 30 días siguientes a su aprobación (con las Cortes disueltas, lo hace la Diputación Permanente). Si lo deroga, deja de aplicarse. A 24 de octubre de 2026 el BOE aún no ha publicado la decisión.

Si un juez reconoció una pensión de alimentos para tus hijos y no se paga, el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos puede adelantarte hasta 300 € al mes por hijo. Sube el límite de ingresos y el anticipo dura mientras exista la obligación de pagar.

A quién afecta

Madres, padres o guardadores de hijos menores con una pensión de alimentos reconocida por un juez y sin pagar.

Qué cambia

Ten en cuenta

Fuente oficial

Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, para la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social y de otras normas sociales

Revisado el 24 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.

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