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Exdeportistas: sus años sin cotizar contarán para la jubilación

Se aplicará desde el 25 de diciembre de 2026 · Publicado en el BOE el 25 de septiembre de 2026

Los deportistas profesionales que jugaron antes de que su deporte entrara en la Seguridad Social podrán sumar esos años como cotizados para la pensión de jubilación, tanto si aún no se han jubilado como si ya la cobran.

A quién afecta

Personas que fueron deportistas profesionales con contrato en España entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha en que su colectivo entró en el Régimen General (excepto futbolistas).

Qué cambia

Ten en cuenta

Fuente oficial

Real Decreto 739/2026, de 23 de septiembre, por el que se establece el régimen jurídico para el cómputo como cotizados al Régimen General de la Seguridad Social, a efectos de la pensión de jubilación, de los periodos de actividad ejercidos como deportista profesional con anterioridad a su integración en el Régimen General de la Seguridad Social

Revisado el 19 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.

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