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DANA de 2024: el anticipo solo se devuelve con ingresos o bienes altos

En vigor desde el 1 de octubre de 2026 · Publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2026

Pendiente de convalidación. Es un real decreto-ley: el Congreso debe convalidarlo en los 30 días siguientes a su aprobación (con las Cortes disueltas, lo hace la Diputación Permanente). Si lo deroga, deja de aplicarse. A 19 de octubre de 2026 el BOE aún no ha publicado la decisión.

Quien cobró un anticipo de las ayudas por la DANA de 2024 solo tendrá que devolverlo si en 2025 tuvo ingresos o patrimonio altos. Lo calcula la Administración, sin pedir papeles.

A quién afecta

Personas afectadas por la DANA de octubre y noviembre de 2024 que cobraron un anticipo de las ayudas del artículo 3 del Real Decreto-ley 6/2024 y a las que se les pide devolverlo total o parcialmente.

Qué cambia

Ten en cuenta

Fuente oficial

Real Decreto-ley 24/2026, de 29 de septiembre, por el que se establecen medidas relacionadas con el plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024

Revisado el 19 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.

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