Taxistas, transportistas y agricultores siguen con ayudas al gasóleo
En vigor desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 · Publicado en el BOE el 30 de septiembre de 2026
Pendiente de convalidación. Es un real decreto-ley: el Congreso debe convalidarlo en los 30 días siguientes a su aprobación (con las Cortes disueltas, lo hace la Diputación Permanente). Si lo deroga, deja de aplicarse. A 19 de octubre de 2026 el BOE aún no ha publicado la decisión.
Las ayudas por la subida del combustible para transportistas, taxistas, VTC y agricultores se alargan hasta el 31 de diciembre de 2026.
A quién afecta
Autónomos y empresas del transporte por carretera (camiones, furgonetas, taxis, VTC, autobuses, ambulancias) y productores agrarios.
Qué cambia
- Si tienes derecho a la devolución del gasóleo profesional: ayuda de 0,05 € por litro en octubre, 0,12 € en noviembre y 0,19 € en diciembre. Si los precios del gasóleo suben mucho, la ayuda de noviembre y diciembre es menor, porque el impuesto también baja más.
- Si tus vehículos no tienen derecho a esa devolución, cobras una cantidad fija por vehículo: 120 € por taxi de gasolina, eurotaxi de gasóleo o VTC de gasolina o gasóleo; 180 € por furgoneta o ambulancia; 399 € por camión de menos de 7,5 t; y hasta 1.800 € en algunos camiones grandes.
- Esa ayuda por vehículo se pide en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (o de la Hacienda foral) entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2026. Se paga a partir del 1 de diciembre.
- Agricultores: la ayuda al gasóleo agrícola cubre hasta el 70 % de la subida del precio desde antes del conflicto, con un máximo de 0,20 € por litro, de octubre a diciembre de 2026.
- Para el gasóleo agrícola se considera pedida la ayuda al solicitar la devolución del impuesto sobre hidrocarburos por gasóleo agrícola.
Ten en cuenta
- Los vehículos eléctricos y de hidrógeno no reciben la ayuda por vehículo.
- En algunos vehículos, la ayuda fija puede bajar (se multiplica por 0,417 o 0,611) si en noviembre o diciembre se aplica una rebaja mayor del impuesto del gasóleo.
- Las empresas que reciben estas ayudas no pueden despedir por causas ligadas a la crisis hasta el 31 de diciembre de 2026. Si lo hacen, devuelven la ayuda y el despido es nulo.
- Si en tres meses desde que acaba el plazo no te han pagado, puedes entender que te la han denegado y recurrir.
Fuente oficial
Revisado el 19 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.
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