Lectura fácil y acompañante: nuevos derechos de comprensión
Se aplicará desde el 2 de enero de 2027 · Publicado en el BOE el 3 de septiembre de 2026
Desde el 2 de enero de 2027, administraciones, comercios, centros sanitarios, empresas y juzgados deberán dar la información de forma fácil de entender a las personas con dificultades cognitivas.
A quién afecta
Personas con discapacidad intelectual o con dificultades para entender información (por discapacidad, salud, edad, idioma u otras causas) y sus familias.
Qué cambia
- Con una discapacidad reconocida del 33 % o más y discapacidad intelectual, puedes pedir en cualquier momento que un trámite con la Administración se haga con apoyos de comprensión e ir acompañado de una persona de tu elección.
- Los formularios y las guías para hacer trámites con la Administración deberán estar en lectura fácil (textos adaptados para entenderse mejor).
- En centros sanitarios y veterinarios puedes pedir la información en el formato adaptado que elijas y entrar con una persona de confianza a cualquier consulta, prueba o tratamiento.
- Comercios y servicios deben tener la hoja de reclamaciones en lectura fácil y explicar contratos e instrucciones en lenguaje sencillo. La información adaptada no puede costar más.
- En un proceso de selección de empleo, cualquier candidato puede pedir sin coste una adaptación de la entrevista, sin que eso le excluya.
- Al votar, las personas con dificultades cognitivas pueden ir con una persona de apoyo de su elección, y en el colegio electoral habrá alguien que explique los pasos.
Ten en cuenta
- En transportes, señales y avisos se adaptarán poco a poco, con un plazo máximo de 15 años.
- En calles y edificios solo es obligatorio en obras nuevas o en reformas.
- Quien tiene pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez acredita el 33 % de discapacidad con la resolución del INSS; no necesita certificado del IMSERSO o de su comunidad.
- Algunos derechos (trámites, empleo) exigen el certificado de discapacidad intelectual previsto en el Real Decreto 888/2022.
Fuente oficial
Revisado el 19 de octubre de 2026. Es un resumen orientativo: lo que vale es el texto del BOE.
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