Renta de Ciudadanía de La Rioja
Gobierno de La Rioja · La Rioja
Prestación mensual para personas en riesgo de exclusión, complementaria y subsidiaria del Ingreso Mínimo Vital (hay que pedir antes el IMV).
Requisitos principales
- Residir en La Rioja
- Edad: al menos 18 años
- Cumplir al menos una: edad: al menos 23 años; o tener algún hijo menor de edad
- Empadronamiento en la comunidad: al menos 1 año
- Ingresos del hogar: como máximo 5760 €
Plazo
Se puede pedir en cualquier momento.
Cómo solicitarla
Se pide a instancia de la persona interesada ante el Gobierno de La Rioja (oficina electrónica, trámite 24327, o registro). Los servicios sociales del ayuntamiento informan y ayudan a tramitarla. Ir al trámite →
Avisos importantes
Formas de presentarla
- En persona, en un registro u oficina
Ten en cuenta
- Si no hay respuesta en 2 meses (1 mes para víctimas de violencia de género), se entiende denegada.
- Para recurrir hay que presentar primero una reclamación previa en 30 días; después se puede ir al juzgado de lo social.
- La renta no se puede ceder ni, en general, embargar.
Pasos3 pasos
- Acudir a los servicios sociales del ayuntamiento para recibir información y ayuda.
- Presentar la solicitud con la documentación que fija el reglamento.
- Esperar la resolución: si es favorable, se cobra cada mes.
Plazo de resolución2 meses
2 meses desde la entrada de la solicitud en el Registro General de La Rioja (1 mes para mujeres víctimas de violencia de género)
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
Mensual, por mensualidades vencidas, desde el primer día del mes siguiente a la resolución que la reconoce.
Si te la deniegan
Reclamación administrativa previa a la vía social ante el mismo órgano que dictó la resolución, en 30 días desde el día siguiente a la notificación
Fuentes oficiales: boe.es · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Durante cuánto tiempo se cobra?
Se mantiene ininterrumpidamente mientras se sigan cumpliendo los requisitos, y la Consejería puede revisarla en cualquier momento. Fuente
¿Qué pasa si cambian mis ingresos?
Hay que comunicarlo en un máximo de quince días; si no, puede extinguirse y habría que devolver lo cobrado indebidamente. Fuente
Rellena tu perfil en 2 minutos y te decimos qué ayudas te corresponden y por qué no las demás.
Comprueba qué te corresponde