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Deducción foral por discapacidad o dependencia (País Vasco)

Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa · País Vasco

Deducción en el IRPF foral por cada persona con discapacidad o dependencia: el propio contribuyente, su cónyuge o los familiares que viven con él.

Requisitos principales

  • Discapacidad igual o superior al 33 % o dependencia reconocida a 31 de diciembre
  • Se aplica por el propio contribuyente, su cónyuge o pareja de hecho, y por descendientes, ascendientes o colaterales hasta cuarto grado que convivan con él (o en residencia pagada por él)
  • Los familiares distintos del cónyuge no pueden tener rentas anuales superiores al doble del salario mínimo (Bizkaia)

Plazo

Se aplica en la declaración de la Renta. En la declaración de la Renta 2026 de cada Hacienda foral (Álava, Bizkaia o Gipuzkoa), que se presenta en la primavera de 2027 (fechas según cada Diputación)

Dónde se pide

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