Becas de FP de Grado Medio y Superior en centros privados (Comunidad de Madrid)
Comunidad de Madrid, Consejería de Educación · Comunidad de Madrid
Beca para cursar FP de Grado Medio o Superior en centros privados autorizados de la Comunidad de Madrid, según renta per cápita.
Requisitos principales
- Matrícula o reserva de plaza en 2026-2027 en un ciclo de Grado Medio o Superior de un centro privado autorizado de la Comunidad de Madrid
- Renta per cápita familiar no superior a 35.913 €
- Residir en la Comunidad de Madrid (5 años si es semipresencial o virtual), no repetir y no superar la edad fijada
Plazo
Plazo cerrado el 9 de julio de 2026. Cerrado (Orden 1788/2026, BOCM 18-6-2026).
Cómo solicitarla
En la sede electrónica de la Comunidad de Madrid (Cuenta Digital) con firma electrónica, o en papel en una oficina de registro si no estás obligado a hacerlo por internet. La firma el alumno o uno de sus padres o tutores. Ir al trámite →
Documentos necesarios8 documentos
Marca los que ya tienes.
Avisos importantesidentificación digital · cita previa
Formas de presentarla
- Certificado digital · Cómo obtenerlo
- En persona, en un registro u oficina
Cita previa
Para presentarla en papel, algunas oficinas de registro piden cita previa: www.comunidad.madrid
Ten en cuenta
- La convocatoria 2026-2027 está cerrada
- Edad máxima: 35 años en primer curso, 36 en segundo y 37 en tercero de doble titulación
- No puedes ser repetidor del curso
- Se conceden por orden de renta hasta agotar el dinero
Pasos5 pasos
- Preparar la documentación
- Entrar en la Cuenta Digital y rellenar el formulario
- Adjuntar los documentos y pulsar 'Firmar y enviar solicitud'
- Revisar la lista provisional y corregir errores en el plazo indicado
- Consultar la resolución en la sede
Plazo de resolución6 meses
6 meses
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
No se paga a la familia directamente: una entidad colaboradora contratada por la Consejería paga a través de una plataforma de los centros, cada mes de septiembre a junio, después de que el centro justifique la asistencia del alumno.
Si te la deniegan
Recurso potestativo de reposición en 1 mes, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en 2 meses, desde la publicación de la resolución. Si no hay resolución: reposición en cualquier momento o contencioso en 6 meses.
Fuentes oficiales: sede.comunidad.madrid, bocm.es · revisado el 18/10/2026
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