Bono Alquiler Joven
Región de Murcia (Consejería de Fomento e Infraestructuras) · Región de Murcia
Ayuda estatal al alquiler de vivienda o habitación para jóvenes de 18 a 35 años con ingresos de hasta 3 veces el IPREM, gestionada por la Región de Murcia.
Requisitos principales
- Residir en Región de Murcia
- Edad: entre 18 y 35 años
- Vivienda: alquiler
- Alquiler mensual: como máximo 600 €
- Ingresos del hogar: como máximo 3 veces el IPREM (25.200 €)
Plazo
Consulta el plazo en la convocatoria oficial. Sin convocatoria 2026 confirmada; la última cerró el 30/6/2025
Cómo solicitarla
Solo por internet, con el formulario del procedimiento 3934 de la sede electrónica de la CARM y firma electrónica (DNIe, certificado o Cl@ve). Ahora no hay plazo abierto. Ir al trámite →
Avisos importantesidentificación digital · cita previa
Formas de presentarla
- Certificado digital · Cómo obtenerlo
- Cl@ve · Cómo registrarte
- DNI electrónico · Cómo usarlo
Cita previa
Solo para obtener Cl@ve en las oficinas de asistencia en materia de registro de la CARM (cita en Gescolas).
Ten en cuenta
- Hasta 250 € al mes, sin pasar del alquiler, durante 24 meses
- Se resuelve por orden de entrada hasta agotar el dinero
- La última convocatoria (2.ª, Orden de 6/3/2025) cerró el 30/6/2025
Pasos4 pasos
- Esperar a que se publique una nueva convocatoria en el BORM
- Conseguir DNIe, certificado digital o Cl@ve (se puede pedir cita para Cl@ve en las oficinas de registro de la CARM)
- Rellenar y firmar el formulario electrónico del procedimiento 3934
- Para cobrar, pedir el pago cada trimestre con la cuenta justificativa
Plazo de resolución6 meses
6 meses
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
Cada trimestre, en la cuenta del beneficiario, tras pedir el pago y justificar los recibos del alquiler.
Si te la deniegan
Recurso potestativo de reposición o de alzada ante el Consejero de Fomento e Infraestructuras, o contencioso-administrativo en Murcia; el plazo se indica en cada resolución.
Fuentes oficiales: sede.carm.es, borm.es · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Es compatible con otras ayudas al alquiler?
No, salvo con ayudas extraordinarias para especialmente vulnerables, pensiones no contributivas o el IMV; con estas la suma no puede superar el alquiler (art. 10 del RD 42/2022). Fuente
Rellena tu perfil en 2 minutos y te decimos qué ayudas te corresponden y por qué no las demás.
Comprueba qué te corresponde