Bono Alquiler Joven (Galicia)
Xunta de Galicia · Galicia
Ayuda estatal gestionada por el IGVS para menores de 36 años con ingresos regulares; en Galicia el alquiler máximo varía por concello entre 400 y 700 €/mes.
Requisitos principales
- Residir en Galicia
- Edad: entre 18 y 35 años
- Vivienda: alquiler
- Alquiler mensual: como máximo 700 €
- Ingresos del hogar: como máximo 3 veces el IPREM (25.200 €)
Plazo
Consulta el plazo en la convocatoria oficial. Pendiente de convocatoria 2026 (la última fue en febrero-marzo de 2025)
Cómo solicitarla
Solo por internet, en la sede electrónica de la Xunta (procedimiento VI482E), con Chave365 o certificado digital. Ahora no hay plazo abierto: la última convocatoria fue en 2025. Ir al trámite →
Documentos necesarios6 documentos
Marca los que ya tienes.
Avisos importantesidentificación digital
Formas de presentarla
- Certificado digital · Cómo obtenerlo
- Chave365, la clave de la Xunta · Qué es
Ten en cuenta
- En 2025: 250 € al mes durante 2 años, con límite de alquiler de 700 € en las ciudades grandes y 400 € en el resto (vivienda completa).
- No se puede conceder después del 31 de diciembre de 2026.
- El pago del alquiler debe hacerse por banco para poder justificarlo.
Pasos4 pasos
- Esperar a que se publique una nueva convocatoria en el DOG.
- Comprobar requisitos: menos de 36 años, ingresos de hasta 3 veces el IPREM, fuente regular de ingresos y alquiler dentro del máximo de tu municipio.
- Rellenar la solicitud (anexo I) en la sede y adjuntar los documentos.
- Si te la conceden, justificar cada trimestre el pago del alquiler en los 10 días siguientes al final del trimestre.
Plazo de resolución3 meses
3 meses desde la presentación de la solicitud
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
Transferencia cada trimestre, por adelantado y por meses completos.
Si te la deniegan
Recurso de alzada ante la Presidencia del IGVS en 1 mes desde el día siguiente a la notificación.
Fuentes oficiales: ficheiros-web.xunta.gal, sede.xunta.gal, xunta.gal · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Se puede presentar la solicitud en papel?
No: es obligatoria la vía electrónica; si se presenta en persona, se requiere subsanarla electrónicamente y cuenta la fecha de subsanación. Fuente
Rellena tu perfil en 2 minutos y te decimos qué ayudas te corresponden y por qué no las demás.
Comprueba qué te corresponde