Ayudas a la rehabilitación de viviendas en el medio rural (Extremadura)
Junta de Extremadura – Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda · Extremadura
Subvención para obras de conservación, habitabilidad, accesibilidad y eficiencia energética en viviendas habituales de municipios de hasta 10.000 habitantes.
Requisitos principales
- Persona física mayor de edad, propietaria del 100 % o usufructuaria vitalicia
- Vivienda en un municipio o núcleo de 10.000 habitantes o menos
- Vivienda terminada antes de 2006 (salvo obras solo de accesibilidad o eficiencia con calificación A)
- Obras no iniciadas antes de solicitar; libro del edificio existente en general
- Residencia habitual durante 5 años sin vender la vivienda
- Prioridad: jóvenes, después hogares con ingresos ≤2,5 IPREM y luego ≤4 IPREM
Plazo
Plazo cerrado el 1 de junio de 2026. Convocatoria 2026 cerrada; programa plurianual 2026-2029, previsiblemente con nuevas convocatorias
Cómo solicitarla
Solo por internet, en la sede electrónica de la Junta de Extremadura, con DNIe o certificado. Si se presenta en papel, hay que subsanarla por internet y cuenta la fecha de subsanación. Ir al trámite →
Documentos necesarios6 documentos
Marca los que ya tienes.
Avisos importantesidentificación digital
Formas de presentarla
- Certificado digital · Cómo obtenerlo
- DNI electrónico · Cómo usarlo
Ten en cuenta
- Ayuda del 50 % del presupuesto protegido (70 % para jóvenes de hasta 35 años, familias numerosas o monoparentales, o personas especialmente protegidas).
- Máximo 14.000 € por vivienda unifamiliar y 9.000 € por vivienda en edificio colectivo.
- Se puede pedir un anticipo del 40 % (máximo 4.000 €) una vez empezada la obra.
- Convocatoria 2026 cerrada (1 de marzo a 1 de junio de 2026).
Pasos4 pasos
- Preparar la documentación técnica de la obra (la que pide el ayuntamiento para la licencia o una memoria firmada por un técnico).
- Rellenar la solicitud con sus anexos y presentarla dentro del plazo de la convocatoria.
- Si falta algo, hay 10 días hábiles para subsanar.
- Hacer la obra y justificarla en el mes siguiente a terminarla (o a la notificación, si es posterior).
Plazo de resolución3 meses
3 meses para dictar y notificar la resolución
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
Pago único tras justificar la obra, en la cuenta indicada; anticipo opcional del 40 % (máximo 4.000 €) una vez iniciada la obra.
Si te la deniegan
Recurso de alzada (la resolución no pone fin a la vía administrativa).
Fuentes oficiales: juntaex.es, doe.juntaex.es · revisado el 18/10/2026
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