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Ayudas por natalidad en municipios de menos de 3.000 habitantes (Extremadura)

Junta de Extremadura · Extremadura

Pago único para familias con un recién nacido o adoptado que llevan al menos un año empadronadas en un núcleo extremeño de menos de 3.000 habitantes.

Requisitos principales

  • Residir en Extremadura
  • Tener algún hijo menor de 1 año
  • Empadronamiento en la comunidad: al menos 1 año
  • Tamaño del municipio: como máximo 3000 habitantes

Plazo

Plazo cerrado el 30 de septiembre de 2026. Se convoca cada año, para nacimientos de septiembre a agosto

Cómo solicitarla

Se presenta con el modelo de solicitud (Anexo I) dirigido a la Secretaría General de la consejería de Servicios Sociales y Familia: electrónicamente en el Registro Electrónico General de la sede de la Junta (con DNIe o certificado) o presencialmente en las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta o en otros registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Ir al trámite →

Documentos necesarios5 documentos

Marca los que ya tienes.

Avisos importantesidentificación digital

Formas de presentarla

Ten en cuenta

  • Convocatoria 2026: nacimientos del 1/09/2025 al 31/08/2026; plazo cerrado el 30 de septiembre de 2026.
  • Solo una persona puede ser beneficiaria por cada menor.
Pasos3 pasos
  1. Rellenar y firmar el Anexo I (incluye declaración responsable, datos bancarios y autorizaciones).
  2. Adjuntar el certificado de empadronamiento y la documentación que proceda.
  3. Presentarlo dentro de plazo; si falta algo, hay 10 días para subsanar.
Plazo de resolución3 meses

3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente

Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.

Cobro

Pago único de 500 € por hijo, tras la resolución favorable, en la cuenta indicada en la solicitud (debe estar dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta).

Si te la deniegan

Recurso de alzada ante el Vicepresidente y Consejero de Desregulación, Servicios Sociales y Familia.

Fuentes oficiales: juntaex.es, doe.juntaex.es (1), doe.juntaex.es (2) · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras ayudas por nacimiento?

Sí, la convocatoria la declara compatible con cualquier otra ayuda para la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas. Fuente

¿Qué pasa si los padres tienen custodia compartida y no conviven?

Quien solicita debe declarar el acuerdo del otro progenitor; si no lo hay y ambos cumplen los requisitos, la ayuda se concede por mitad a cada uno. Fuente

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