Deducción IRPF por nacimiento o adopción de hijos
Junta de Castilla y León · Castilla y León
Deducción autonómica en la renta del año del nacimiento o adopción. Incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta por el mismo hijo.
Requisitos principales
- Residir en Castilla y León
- Tener algún hijo menor de 1 año
Plazo
Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027
Cómo solicitarla
No se pide aparte: se aplica en la declaración de la Renta (IRPF) del año del nacimiento o adopción como deducción autonómica de Castilla y León.
Avisos importantes
Ten en cuenta
- No se aplica si por el mismo hijo se ha optado por el Bono Nacimiento u otras ayudas análogas de la Junta.
Fuentes oficiales: sede.agenciatributaria.gob.es (1), sede.agenciatributaria.gob.es (2) · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar el Bono Nacimiento y aplicar esta deducción?
No por el mismo hijo: la deducción es incompatible con el Bono Nacimiento, y la incompatibilidad se determina hijo por hijo. Fuente
¿Cómo se reparte entre los progenitores?
Si ambos tienen derecho y declaran por separado, el importe se prorratea por partes iguales. Fuente
¿Qué pasa si se reconoce una discapacidad del hijo más tarde?
Si se reconoce después del año de nacimiento y antes de los 5 años, la deducción incrementada se aplica en el año del reconocimiento. Fuente
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