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Deducción IRPF por nacimiento o adopción de hijos

Junta de Castilla y León · Castilla y León

Deducción autonómica en la renta del año del nacimiento o adopción. Incompatible con el Bono Nacimiento de la Junta por el mismo hijo.

Requisitos principales

  • Residir en Castilla y León
  • Tener algún hijo menor de 1 año

Plazo

Se aplica en la declaración de la Renta. En la Renta 2026, que se presenta en abril-junio de 2027

Cómo solicitarla

No se pide aparte: se aplica en la declaración de la Renta (IRPF) del año del nacimiento o adopción como deducción autonómica de Castilla y León.

Avisos importantes

Ten en cuenta

  • No se aplica si por el mismo hijo se ha optado por el Bono Nacimiento u otras ayudas análogas de la Junta.

Fuentes oficiales: sede.agenciatributaria.gob.es (1), sede.agenciatributaria.gob.es (2) · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el Bono Nacimiento y aplicar esta deducción?

No por el mismo hijo: la deducción es incompatible con el Bono Nacimiento, y la incompatibilidad se determina hijo por hijo. Fuente

¿Cómo se reparte entre los progenitores?

Si ambos tienen derecho y declaran por separado, el importe se prorratea por partes iguales. Fuente

¿Qué pasa si se reconoce una discapacidad del hijo más tarde?

Si se reconoce después del año de nacimiento y antes de los 5 años, la deducción incrementada se aplica en el año del reconocimiento. Fuente

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