Gariol

Subvenciones destinadas al alquiler de vivienda

Junta de Castilla y León · Castilla y León

Subvención anual al alquiler de vivienda o habitación habitual, para hogares con ingresos entre 0,5 y 3 veces el IPREM (hasta 4-5 veces en familias numerosas o con discapacidad). Se convoca cada año (la de 2025 se pidió del 1-12-2025 al 30-1-2026).

Requisitos principales

  • Residir en Castilla y León
  • Vivienda: alquiler
  • Ingresos del hogar: al menos 4200 €
  • Cumplir al menos una: ingresos del hogar: como máximo 25.200 €; o familia numerosa; o discapacidad: al menos 33 %
  • Ingresos del hogar: como máximo 42.000 €
  • Alquiler mensual: como máximo 800 €

Plazo

Plazo cerrado el 30 de enero de 2026. Se convoca cada año hacia diciembre; la de 2026 aún no se ha publicado

Cómo solicitarla

Se pide en el plazo de la convocatoria anual, por internet en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, o en papel en un registro. Sin identificación electrónica, se puede presentar con ayuda en oficinas de SOMACYL con cita previa. Ir al trámite →

Documentos necesarios4 documentos

Marca los que ya tienes.

Avisos importantesidentificación digital · cita previa

Formas de presentarla

Cita previa

Para presentarla con ayuda en la sede electrónica sin tener identificación digital, en las oficinas de Burgos, León, Salamanca o Valladolid: cita en citaprevia.somacyl.es o en el 983 450 544. Para entregarla en papel en un registro no se indica cita.

Ten en cuenta

  • Los avisos de subsanación y la resolución se publican en el BOCyL, no se mandan carta a carta.
  • No se paga si tienes deudas con Hacienda o la Seguridad Social.
  • La ayuda hay que declararla en el IRPF.
  • Cita previa para presentación asistida: citaprevia.somacyl.es o 983 450 544 (8:30 a 13:30).
Pasos6 pasos
  1. Esperar a la convocatoria anual (la última se pidió del 1/12/2025 al 30/01/2026, por el alquiler pagado en 2025)
  2. Rellenar el formulario web, con el Anexo I de la unidad de convivencia
  3. Adjuntar la documentación, mejor unida en un solo PDF
  4. Firmar y registrar por internet (certificado, DNIe o Cl@ve), o imprimir, firmar a mano y entregar en un registro
  5. Guardar el justificante de presentación
  6. Estar atento al BOCyL: allí se publican los requerimientos para corregir la solicitud (10 días) y la resolución
Plazo de resolución6 meses

6 meses desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes

Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.

Cobro

Por transferencia a la cuenta indicada en la solicitud, después de la resolución y de comprobar la justificación.

Si te la deniegan

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en 1 mes desde la publicación de la resolución, o recurso contencioso-administrativo.

Fuentes oficiales: tramitacastillayleon.jcyl.es · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿La ayuda al alquiler tributa en el IRPF?

Sí, las ayudas están sujetas al IRPF y no tienen retención. Fuente

¿Es compatible con el Bono Alquiler Joven?

Sí, salvo excepciones de la normativa; la suma de ambas ayudas no puede superar el 75 % de la renta. Fuente

Rellena tu perfil en 2 minutos y te decimos qué ayudas te corresponden y por qué no las demás.

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