Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (RMISA)
Junta de Andalucía · Andalucía
Prestación mensual para hogares sin recursos suficientes, vinculada a un plan de inclusión sociolaboral. Se pide en los servicios sociales y exige haber solicitado antes el Ingreso Mínimo Vital.
Requisitos principales
- Residir en Andalucía
- Edad: entre 18 y 64 años
- Cumplir al menos una: edad: al menos 25 años; o tener algún hijo menor de edad; o discapacidad: al menos 33 %
- Empadronamiento en la comunidad: al menos 1 año
- Ingresos del hogar: como máximo el límite del Ingreso Mínimo Vital para tu hogar
Plazo
Se puede pedir en cualquier momento.
Cómo solicitarla
Preferentemente de forma presencial en los servicios sociales comunitarios del municipio donde la persona está empadronada y reside, o por internet en la sede electrónica de la Junta de Andalucía. En situaciones de urgencia o emergencia social hay que acudir al centro de servicios sociales comunitarios para que emita un informe social. Ir al trámite →
Documentos necesarios4 documentos
Marca los que ya tienes.
Avisos importantes
Formas de presentarla
- En persona, en un registro u oficina
Ten en cuenta
- Se exige tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital, salvo excepciones o situación de urgencia o emergencia social.
- Si no hay resolución en dos meses, la solicitud puede entenderse desestimada.
Pasos4 pasos
- Reunir la documentación indicada en el anexo II.
- Presentar la solicitud (anexo I) en los servicios sociales comunitarios o por la sede electrónica.
- La Delegación Territorial instruye y resuelve (plazo de dos meses).
- Si se concede, firmar en el plazo de un mes el Plan de inclusión sociolaboral con los servicios sociales comunitarios y el Servicio Andaluz de Empleo.
Plazo de resolución2 meses
2 meses contados desde el día primero del mes siguiente a la entrada de la solicitud en el órgano competente
Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
Cobro
Mensual, por mensualidades vencidas, mediante domiciliación bancaria, dentro del mes siguiente a la concesión. Se cobra desde el primer día del mes siguiente a la solicitud, durante 12 meses ampliables.
Si te la deniegan
Recurso de alzada ante la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones en 1 mes.
Fuentes oficiales: juntadeandalucia.es (1), juntadeandalucia.es (2), juntadeandalucia.es (3), boe.es · revisado el 18/10/2026
Preguntas frecuentes
¿Tengo que haber pedido antes el Ingreso Mínimo Vital?
Sí: se exige tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo Vital, salvo excepciones contempladas o situación de urgencia o emergencia social. Fuente
¿Cuánto dura y cómo se renueva?
La duración inicial es de 12 meses y puede ampliarse por periodos sucesivos de 12 meses; la ampliación se pide como máximo en los tres meses anteriores al fin de la prestación; una vez finalizada hay que presentar una nueva solicitud. Fuente
¿Desde cuándo se cobra?
Desde el día primero del mes siguiente a la entrada de la solicitud en el órgano competente. Fuente
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