Incentivos para eficiencia energética y renovables en viviendas (Programa 1 «Sector residencial», Andalucía)
Agencia Andaluza de la Energía (Junta de Andalucía) · Andalucía
Ayuda a personas físicas para mejorar la eficiencia energética de su vivienda: envolvente térmica (aislamiento, ventanas), climatización y agua caliente (aerotermia, biomasa, solar térmica), iluminación, y fotovoltaica con baterías.
Requisitos principales
- Vivienda o edificio residencial en Andalucía
- La actuación debe mejorar la calificación energética en al menos una letra y reducir el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2
- La parte renovable no puede superar el 50 % de la inversión en las actuaciones de mejora integral
- Inversión mínima de 6.000 € en actuaciones solares en viviendas y edificios residenciales; 10.000 € en el resto
- Para particulares se admiten actuaciones iniciadas desde el 1 de mayo de 2025
Plazo
Abre el 22 de octubre de 2026. O hasta agotar fondos (20,77 M€, FEDER). Concurrencia no competitiva. Solicitud telemática en incentivos.agenciaandaluzadelaenergia.es.
Cómo solicitarla
Solo por internet, en la plataforma de incentivos de la Agencia Andaluza de la Energía, desde las 9:00 del 22 de octubre de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2027 o hasta que se agote el dinero. Ir al trámite →
Avisos importantes
Ten en cuenta
- Las ayudas se dan por orden de llegada hasta agotar 20,77 millones de euros.
- Los particulares pueden pedirla por obras empezadas después del 1 de mayo de 2025.
- La obra debe mejorar al menos una letra la calificación energética.
- El estado de la solicitud se consulta en la misma plataforma.
Pasos4 pasos
- Elegir la actuación (eficiencia energética en la vivienda o renovables / solar con baterías). Cada actuación necesita una solicitud distinta.
- Presentar la solicitud en la plataforma de incentivos, directamente o con un representante (hay modelo de representación).
- Atender, si llega, el requerimiento de documentación en el plazo de 15 días.
- Hacer la obra en el plazo fijado en la resolución y justificarla para cobrar.
Plazo de resolución3 meses
3 meses desde la presentación de la solicitud
Cobro
Normalmente un único pago del 100 % tras justificar la obra. Si la ayuda supera 15.000 euros, se puede pedir un anticipo (15 % sin garantía o 40 % con aval) o cobrar en dos pagos del 50 %.
Si te la deniegan
La resolución agota la vía administrativa: recurso de reposición (opcional) o recurso contencioso-administrativo directamente.
Fuentes oficiales: juntadeandalucia.es (1), laadministracionaldia.inap.es, juntadeandalucia.es (2) · revisado el 18/10/2026
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