Gariol

Bono Alquiler Joven (Andalucía)

Junta de Andalucía · Andalucía

Ayuda al alquiler para jóvenes de 18 a 35 años con ingresos limitados. Andalucía admite rentas de hasta 900 €/mes en municipios de los grupos 1-3 del Plan Vive (600 € en el resto) y hasta 4 IPREM si se convive en unidad familiar.

Requisitos principales

  • Residir en Andalucía
  • Edad: entre 18 y 35 años
  • Vivienda: alquiler
  • Alquiler mensual: como máximo 900 €
  • Ingresos del hogar: como máximo 33.600 €
  • Cumplir al menos una: ingresos del hogar: como máximo 25.200 €; o personas en el hogar: al menos 2

Plazo

Plazo cerrado el 30 de junio de 2026. Cerrado. Pendiente de nueva convocatoria (Plan Estatal 2026-2030)

Cómo solicitarla

Solo por internet, en la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía (VEAJA), desde el Catálogo de Procedimientos de la sede electrónica, identificándose con certificado digital FNMT o Cl@ve. El plazo reabierto en enero de 2026 terminaba al llegar a 15.000 solicitudes o, como máximo, el 30 de junio de 2026. Ir al trámite →

Documentos necesarios5 documentos

Marca los que ya tienes.

Avisos importantesidentificación digital

Formas de presentarla

Ten en cuenta

  • Solo tiene validez la primera solicitud presentada; las posteriores se inadmiten por duplicadas.
  • Sin la documentación obligatoria no se permite presentar la solicitud.
  • La cuenta bancaria debe estar dada de alta en el registro de terceros antes de solicitar.
Pasos5 pasos
  1. Preparar antes: certificado digital o Cl@ve, Autofirma, cuenta bancaria dada de alta en el Registro de cuentas de Terceros de la Tesorería de la Junta, alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas y referencia catastral de la vivienda.
  2. Acceder al trámite y esperar turno en la sala de espera virtual.
  3. Pulsar «Iniciar» y rellenar el formulario de 5 pantallas.
  4. Adjuntar la documentación obligatoria en PDF.
  5. Revisar el borrador, firmarlo y presentarlo.
Plazo de resolución6 meses

6 meses desde la entrada de la solicitud en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía

Si no te contestan en el plazo, se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.

Cobro

Transferencia a la cuenta bancaria indicada en la solicitud, que debe estar dada de alta en el Fichero Central de Personas Acreedoras de la Junta. El pago depende de que lleguen los fondos del Estado y hay que justificar las mensualidades de alquiler pagadas.

Si te la deniegan

Recurso de reposición (opcional) en 1 mes ante el órgano que resolvió, o recurso contencioso-administrativo.

Fuentes oficiales: juntadeandalucia.es (1), juntadeandalucia.es (2), juntadeandalucia.es (3), cdn.juntadeandalucia.es · revisado el 18/10/2026

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya cumplí 36 años el día de la solicitud?

No. Se deniega por ser mayor de 35 años el día en que se solicita la ayuda. Fuente

Si ya me concedieron 6 meses, ¿puedo pedir más?

Sí. Si ya se concedió por un periodo de 6 meses, se pueden solicitar 18 meses más. Fuente

¿Desde qué mes empieza el periodo subvencionable?

Desde el primer mes completo en que se cumplen todos los requisitos; si se indica un mes posterior en el que ya se cumplían, el periodo empieza en el mes solicitado. Fuente

Rellena tu perfil en 2 minutos y te decimos qué ayudas te corresponden y por qué no las demás.

Comprueba qué te corresponde